De libros
Requisitos para Persona Jurídica:
1) Primeros Libros
1.1 – Solicitud firmada por el Apoderado o Representante Legal de la Persona Jurídica.
1.2 – Vigencia de Poder con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.
1.3 – Copia del RUC de la Persona Jurídica.
1.4 – Copia del DNI vigente o Documento de Identidad del Apoderado o Representante Legal.
1.5 – En el caso de Libro de Actas, Matrícula de Acciones y Padrón de Socios, el Apoderado o Representante Legal deberá ser identificado por medio de comparación biométrica (Toma de Huella por Biometría).
(Base Legal: Artículos 55 y 116 de la Ley del Notariado)
2) Segundos Libros u Hojas Sueltas
2.1 – Todos los requisitos señalados el numeral 1 (Primeros Libros).
2.2 – Acreditar el hecho de haberse concluido el libro anterior. En caso de pérdida del libro, presentar la Certificación que demuestre de forma fehaciente dicha pérdida (Denuncia Policial).
2.3 – Tratándose de pérdida de Libros de Actas de una Personas Jurídica, se deberá presentar en hojas simples el Acta de la Junta o Asamblea General donde se informe de la pérdida del libro, debiendo contar con la Certificación Notarial de la firma de cada interviniente en el acuerdo.
2.4 – Tratándose de pérdida de Libros Contables, se deberá adjuntar la Denuncia Policial en la que se precise el nombre y número de los libros extraviados y carta presentada a la SUNAT informando del hecho; ambos en originales.
(Base Legal: Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT. Artículo 9 inciso 9.1 y artículo 115 de la Ley del Notariado)
Requisitos para Persona Natural:
1) Primeros Libros
1.1 – Solicitud firmada por el Titular.
1.2 – Copia del RUC de la Persona Natural.
1.3 – Copia del DNI vigente o Documento de Identidad del Titular.
2) Segundos Libros u Hojas Sueltas
2.1 – Todos los requisitos señalados el numeral 1 (Primeros Libros).
2.2 – Acreditar el hecho de haberse concluido el libro anterior. En caso de pérdida del libro, presentar la Certificación que demuestre de forma fehaciente dicha pérdida (Denuncia Policial).